Resumen de la modificación sustancial de la descripción resumida del plan de salud y bienestar de Thermo Fisher Scientific Inc. Health and Welfare Plan
Esta guía de inscripción abierta también constituye un resumen de modificaciones materiales ("SMM") que modifica y revisa la descripción resumida del plan ("Resumen") para el Plan de Salud y Bienestar de Thermo Fisher Scientific Inc. Health & Welfare Plan (el "Plan") para reflejar los cambios relacionados con el proveedor de determinados programas de prestaciones del Plan. Debe leer este resumen detenidamente y archivarlo con su Resumen para futuras consultas.
Administrador del plan y otros cambios varios: El proveedor de determinados programas de prestaciones del Plan ha cambiado. Este cambio se refleja en el Apéndice A adjunto. En concreto, el Apéndice A se ha actualizado para reflejar que los servicios prestados anteriormente por Livongo y Omada serán prestados por 9amHealth, a partir del 1 de enero de 2026. Además, el Apéndice A también se ha actualizado para reflejar la adición de una plataforma de atención especializada proporcionada por Lantern y los beneficios de construcción familiar proporcionados por Maven, a partir del 1 de enero de 2026. Si tiene alguna pregunta sobre este cambio, póngase en contacto con el Centro de Beneficios de Thermo Fisher llamando al 1-833-423-6387.
Ley de derechos de las mujeres salud y del cáncer
En virtud de los programas médicos del Plan, se proporcionará cobertura a una persona que esté recibiendo prestaciones por una mastectomía médicamente necesaria y que elija la reconstrucción mamaria después de la mastectomía, para:
- Todos etapas de reconstrucción de la mama en la que se realizó la mastectomía;
- Cirugía y reconstrucción de la otra mama para conseguir un aspecto simétrico;
- Prótesis; o
- Tratamiento de las complicaciones físicas de la mastectomía, incluidos los linfedemas.
Esta cobertura se proporcionará en consulta con el médico tratante y el paciente y estará sujeta a las mismas disposiciones de deducible anual y coseguro que se aplican a otras prestaciones médicas y quirúrgicas proporcionadas en virtud de los programas médicos. Para más información sobre estas disposiciones de deducible anual y coseguro, consulte el Resumen del programa médico correspondiente.
Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Medico (HIPAA)
La HIPAA impone numerosos requisitos a los planes de salud de las empresas en relación con el uso y la divulgación de información de salud individual. Esta información, conocida como Información de Salud Protegida (PHI, por sus siglas en inglés), incluye la información de salud identificable individualmente Todos en poder de los programas médicos, el programa dental, el programa oftalmológico, el programa de servicios de vida y el programa Healthcare FSA del Plan. Recibirá un aviso titulado "HIPAA Privacy Notice Cover Letter - Welfare Plan" (Carta de presentación del aviso de privacidad HIPAA - Plan de bienestar) con más información, incluido dónde dirigir cualquier pregunta. Además, el Plan ha preparado un documento que describe los usos y divulgaciones de la PHI que puede hacer el Plan, y una explicación de sus derechos y las obligaciones legales del plan con respecto a su PHI. El aviso está publicado en iConnect y también está a su disposición sin costo.
Continuación de la cobertura con COBRA
En virtud de la Ley Ómnibus Consolidada de Reconciliación Presupuestaria de 1985 (COBRA, por sus siglas en inglés), usted y sus dependientes cubiertos pueden tener derecho a continuar con la cobertura si se producen determinados eventos cualificadores que provocan la pérdida de la cobertura de salud . Consulte el Resumen de la Descripción del Plan (SPD) o póngase en contacto con el Servicio de Atención al Afiliado para obtener una lista completa de los eventos que cumplen los requisitos. Además, recibirá una notificación titulada "Información importante sobre sus derechos a la continuación de la cobertura COBRA", con más información, en caso de que necesite elegir la cobertura COBRA.
Requisitos de paridad para la salud mental
La Ley de Paridad de Salud Mental y Equidad en Adicciones de 2008 (MHPAEA, por sus siglas en inglés) es una ley federal que, en general, impide que los planes de salud colectivos y los emisores de seguros de salud que ofrecen prestaciones de salud mental y trastornos por consumo de sustancias (MH/SUD, por sus siglas en inglés) impongan limitaciones menos favorables a dichas prestaciones en comparación con las prestaciones médicas y quirúrgicas.
Todos los programas médicos ofrecidos por Thermo Fisher Scientific Inc. en el marco del Plan cumplen los requisitos de la MHPAEA.
Ley HEART (Heroes Earnings Assistance and Relief Tax) de 2008 (Ley HEART)
La Ley HEART ofrece al personal militar la posibilidad de recibir una distribución para reservistas cualificados (QRD, por sus siglas en inglés) de los beneficios no utilizados de una FSA de asistencia sanitaria si son llamados al servicio activo. El Plan cumple estos requisitos.
Ley de no discriminación por información genética (GINA)
Esta ley prohíbe a los planes de salud colectivos y a los emisores de seguros de salud colectivos discriminar basándose en información derivada de pruebas genéticas, incluido el ajuste de primas o importes de contribución, y recopilar información genética en relación con la inscripción en planes de salud colectivos. El Plan cumple estos requisitos.
Órdenes de manutención médica para niños (QMCSO)
Consulte el Resumen de la Descripción del Plan para obtener más información sobre las Órdenes Médicas Calificadas de Manutención Infantil (QMCSO, por sus siglas en inglés). Si no tiene acceso al Resumen de la Descripción del Plan, póngase en contacto con el Centro de Beneficios de Thermo Fisher llamando al 1-833-423-6387 para solicitar una copia.
Sus protecciones en virtud de la Ley de Protección de la Salud de Recién Nacidos y Madres
En general, los planes de salud colectivos y los emisores de seguros de salud no pueden, en virtud de la legislación federal, restringir las prestaciones para cualquier estancia hospitalaria relacionada con el parto de la madre o el recién nacido a menos de 48 horas tras un parto vaginal o menos de 96 horas tras una cesárea. Sin embargo, la legislación federal no prohíbe en general que el proveedor que atiende a la madre o al recién nacido, tras consultar con la madre, dé el alta a la madre o al recién nacido antes de las 48 horas (o 96 horas, según corresponda). En cualquier caso, los planes y emisores no pueden, en virtud de la legislación federal, exigir que un proveedor obtenga autorización del plan o del emisor del seguro para prescribir una duración de la estancia no superior a 48 horas (o 96 horas).
Aviso de inscripción especial
Si rechaza la afiliación al plan de salud colectivo para usted o las personas a su cargo (incluido su cónyuge) debido a la existencia de otro seguro de salud o cobertura de plan de salud colectivo, es posible que pueda afiliarse usted y las personas a su cargo al plan si usted o las personas a su cargo dejan de reunir los requisitos para esa otra cobertura (o si la empresa deja de contribuir a su otra cobertura o a la de las personas a su cargo). No obstante, debe solicitar la afiliación en los 31 días siguientes a la finalización de su otra cobertura o la de las personas a su cargo (o después de que la empresa deje de contribuir a la otra cobertura). Además, si tiene un nuevo dependiente como consecuencia de matrimonio, nacimiento, adopción o colocación en adopción, puede inscribirse a sí mismo y a sus dependientes. No obstante, debe solicitar la afiliación en los 31 días siguientes al matrimonio, nacimiento, adopción o colocación en adopción. Para solicitar una afiliación especial u obtener más información, póngase en contacto con el centro de prestaciones de Thermo Fisher llamando al 1-833-423-6387.
Protecciones del seguro médico en virtud de la Ley de Derechos de Empleo y Reempleo de los Servicios Uniformados (USERRA)
La ley USERRA protege los derechos laborales de las personas que, voluntaria o involuntariamente, abandonan sus puestos de trabajo para realizar el servicio militar o determinados tipos de servicio en el Sistema Médico Nacional para Desastres. La USERRA también prohíbe a los empleadores discriminar contra los miembros pasados y presentes de los servicios uniformados, así como a los aspirantes a los servicios uniformados.
- Si usted deja su trabajo para realizar el servicio militar, tiene derecho a optar por continuar con la cobertura de su plan existente basado en el empleador salud para usted y sus dependientes durante un máximo de 24 meses mientras esté en el ejército.
- Aunque no elija continuar con la cobertura durante el servicio militar, usted tiene derecho a que se le reincorpore al plan de salud de su empresa cuando vuelva a trabajar, generalmente sin períodos de espera ni exclusiones (por ejemplo, exclusiones por afecciones preexistentes), excepto en el caso de enfermedades o lesiones relacionadas con el servicio.
USERRA otorga otros derechos y protecciones, incluidos los derechos de reempleo y el derecho a no sufrir discriminación ni represalias. Para consultar el aviso completo sobre sus derechos en virtud de USERRA, visite https://www.dol.gov/sites/dolgov/files/VETS/legacy/files/USERRA_Private.pdf.